Hub financiero y logístico regional · 6-10 semanas · RUC · Agente residente requerido
6-10 semanas
RUC
Requerido
$1,000–$1,700
Panamá es una de las jurisdicciones de constitución de empresas más accesibles de América Latina. La Sociedad Anónima (S.A.) es la estructura dominante, y la inscripción en el Registro Público puede completarse en pocos días una vez que un agente residente autorizado haya preparado el Pacto Social. Registrar la entidad, tramitar el Aviso de Operación y obtener el RUC suele tomar entre 6 y 10 semanas en total, y la apertura de la cuenta bancaria corporativa es un paso aparte que habitualmente añade otras 2 a 8 semanas, ya que los bancos panameños aplican una debida diligencia reforzada a las estructuras de propiedad extranjera. No se requiere nacionalidad panameña para directores ni accionistas, y el sistema fiscal territorial de Panamá ofrece ventajas significativas para las operaciones internacionales.
Ver la guía completa de constitución de empresaRedacción y otorgamiento del Pacto Social (estatutos) por un abogado panameño autorizado
Inscripción en el Registro Público a través del agente residente
Designación de un mínimo de tres directores (cualquier nacionalidad permitida)
Designación de un agente residente autorizado con domicilio en Panamá (obligatorio por ley)
Registro del RUC ante la DGI (Dirección General de Ingresos), además del Aviso de Operación para toda entidad que realice actividad comercial en Panamá
Panamá permite el 100% de propiedad extranjera en prácticamente todos los sectores, sin requisitos de participación accionaria ni de nacionalidad para directores. El marco jurídico panameño está diseñado específicamente para estructuras holding internacionales, vehículos de protección de activos y sedes regionales. Las acciones al portador fueron abolidas en 2015, y toda la titularidad es registrada. No existen restricciones a la repatriación de utilidades, aunque las entidades de grupos multinacionales que dependan de la exención territorial para sus ingresos pasivos de fuente extranjera deben confirmar su exposición al requisito de sustancia económica de la Ley 526 vigente desde 2027 antes de asumir que ese ingreso permanecerá libre de impuestos.
Director Local: Requerido
Corporación por acciones, la estructura más común tanto para operaciones locales como para sociedades holding internacionales
Sociedad de responsabilidad limitada, menos común pero disponible para estructuras comerciales específicas
Extensión de una entidad extranjera, utilizada cuando mantener una subsidiaria formal es innecesario
Panamá opera un sistema fiscal territorial: solo los ingresos generados por fuentes dentro de Panamá están sujetos al impuesto sobre la renta corporativa panameña, y los ingresos obtenidos fuera de Panamá están generalmente exentos. A partir del ejercicio fiscal 2027, la Ley 526 de 2026 matiza esta regla para entidades de grupos multinacionales: los ingresos pasivos de fuente extranjera, como dividendos, intereses y regalías, pasan a estar gravados al 15% salvo que la entidad pueda demostrar sustancia económica real en Panamá, personal calificado, instalaciones y toma de decisiones local, y no solo un domicilio registrado. Esto convierte a Panamá en un destino especialmente atractivo para sociedades holding, operaciones de comercio internacional y sedes regionales que puedan cumplir con ese estándar de sustancia.
El RUC (Registro Único de Contribuyente) es el número de identificación fiscal de Panamá, emitido por la DGI (Dirección General de Ingresos). Es obligatorio para todas las operaciones comerciales, declaraciones fiscales y cumplimiento regulatorio.
El ITBMS (Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios) — IVA de Panamá — se aplica al 7% sobre la mayoría de bienes y servicios. Una tasa del 10% aplica a bebidas alcohólicas y del 15% al tabaco. La tasa de IVA de Panamá es de las más bajas de América Latina. Se requieren declaraciones mensuales del ITBMS para entidades con actividad comercial en Panamá.
El impuesto sobre la renta corporativa (Impuesto Sobre la Renta) se aplica al 25% sobre la renta neta imponible derivada exclusivamente de fuentes panameñas. Bajo el sistema territorial, los ingresos de fuente extranjera están completamente exentos. Se aplica un impuesto mínimo alternativo (CAIR) del 4,67% sobre los ingresos brutos imponibles si este supera el cálculo estándar del 25%.
Declaración anual del impuesto sobre la renta presentada ante la DGI — plazo: 31 de marzo
Pago del impuesto de franquicia anual (Tasa Única), calculado sobre el capital registrado, con saldos impagos durante 3 o más años consecutivos que arriesgan la suspensión de los derechos corporativos bajo el activo programa de disolución administrativa de Panamá de 2026, que ya ha disuelto aproximadamente entre 290,000 y 300,000 entidades no conformes
Declaración anual de beneficiarios finales presentada ante la DGI (obligatoria desde 2016)
Declaración mensual del ITBMS (IVA) para entidades con actividad comercial en Panamá
Declaración mensual de retención en la fuente cuando corresponda
Contribuciones mensuales a la CSS (seguridad social) cuando se contrate personal en Panamá
Mantenimiento de la relación con el agente residente y del domicilio social registrado en Panamá
El marco laboral de Panamá está regulado por el Código de Trabajo. Panamá cuenta con un sistema de seguridad social estructurado administrado por la CSS (Caja de Seguro Social), con contribuciones patronales entre las más significativas de América Central.
Los beneficios obligatorios incluyen el decimotercer mes (décimo tercer mes — pagado en tres cuotas: abril, agosto y diciembre), un mínimo de 30 días de vacaciones pagadas por año y la prima de antigüedad
Contribuciones a la CSS: empleador aproximadamente el 12,25% del salario bruto, empleado aproximadamente el 9,75%; obligatorio para todos los empleados que trabajen en Panamá
Seguro educativo: empleador 1,5%, empleado 1,25% — se aplica adicionalmente a las contribuciones a la CSS
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Habla con un ExpertoEl atractivo de Panamá para sociedades holding y operaciones regionales se apoya en su sistema fiscal territorial, su economía totalmente dolarizada y un proceso de constitución que en sí mismo avanza con rapidez una vez que un agente residente autorizado ha preparado el Pacto Social. Las contrapartidas son reales: toda entidad debe mantener ese agente residente de forma continua, ya que una interrupción de más de 90 días suspende los derechos corporativos de la empresa, y los bancos panameños aplican una debida diligencia reforzada a las estructuras de propiedad extranjera, razón por la cual la apertura de la cuenta bancaria corporativa, y no la constitución, es el verdadero cuello de botella para la mayoría de los inversionistas extranjeros. Un programa gubernamental de 2026 también ha estado disolviendo administrativamente entidades inactivas y no conformes desde hace tiempo, una consideración real para quienes planean mantener una estructura panameña inactiva en lugar de operarla.
4,4M
Población
~$80B USD
PIB (est. 2024)
USD (Balboa)
Moneda
6-10 semanas
Tiempo de Constitución
La plataforma de NavviPal realiza el seguimiento del estado del RUC de tu entidad panameña, el calendario de declaraciones ante la DGI, los plazos del impuesto de franquicia anual y los requisitos de cumplimiento en materia de beneficiarios finales.

Dirección general de ingresos responsable de la emisión del RUC y la administración tributaria
Registro oficial donde las empresas se constituyen y se mantienen los registros corporativos
Panamá no exige que los directores sean nacionales ni residentes panameños. La ley exige un mínimo de tres directores o dignatarios, típicamente Presidente, Secretario y Tesorero, que pueden ser de cualquier nacionalidad y no necesitan vivir en Panamá. Lo obligatorio es contar con un agente residente panameño autorizado, un abogado o firma de abogados que debe mantenerse en todo momento: si la empresa queda sin uno por más de 90 días, el Registro Público suspende sus derechos corporativos, con multas de $1,000 más $100 por día hasta que se subsane la situación. NavviPal proporciona servicios de agente residente como parte de nuestros servicios corporativos.
La inscripción de la entidad en el Registro Público puede completarse en pocos días una vez que un agente residente autorizado haya preparado el Pacto Social. Sin embargo, un inversor extranjero debe presupuestar entre 6 y 10 semanas para el proceso completo, incluidos el Aviso de Operación y el registro del RUC ante la DGI. La apertura de la cuenta bancaria corporativa es un paso aparte, a menudo más lento, que suele añadir otras 2 a 8 semanas, ya que los bancos panameños aplican una debida diligencia reforzada a las estructuras de propiedad extranjera. La rapidez de la incorporación es una ventaja real de Panamá, pero el plazo realista hasta contar con una entidad plenamente operativa y una cuenta bancaria activa es más largo que la incorporación en sí.
Panamá exige un mínimo de tres directores para una Sociedad Anónima. No existe requisito de nacionalidad para los directores, pueden ser extranjeros. Un agente residente autorizado y domiciliado en Panamá es obligatorio por ley y debe mantenerse durante toda la vida de la empresa.
Panamá no tiene una LLC en el sentido estadounidense. La mayoría de los lectores de EE. UU. que buscan una Panama LLC en realidad están viendo la Sociedad Anónima (S.A.), el vehículo dominante de Panamá tanto para estructuras internacionales de tenencia como para operaciones locales, o en ocasiones la SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada), una forma de responsabilidad limitada menos utilizada. La S.A. requiere un mínimo de tres directores de cualquier nacionalidad y se rige por la ley corporativa centenaria y probada de Panamá (Ley 32 de 1927), una razón importante por la que sigue siendo la opción predeterminada para protección de activos y estructuras de tenencia. La SRL es adecuada para quienes buscan una estructura más simple, administrada por sus miembros, similar en espíritu a una LLC estadounidense, pero se usa mucho menos en la práctica y cuenta con menos jurisprudencia establecida. Ambas permiten el 100% de propiedad extranjera sin requisito de accionistas locales.
Constituir una empresa en Panamá suele costar entre 1.000 y 1.700 USD para el proceso principal, incluyendo los honorarios del agente residente, la inscripción en el Registro Público y el registro del RUC. Panamá tiene un impuesto de franquicia anual basado en el capital registrado. NavviPal ofrece cotizaciones transparentes y detalladas, contáctenos para conocer su caso específico.
El RUC (Registro Único de Contribuyente) es el número de identificación fiscal de Panamá, emitido por la DGI. Es obligatorio para las declaraciones fiscales, las operaciones comerciales, las operaciones bancarias y cualquier entidad que realice actividades comerciales en Panamá, incluidas las que operan bajo el sistema fiscal territorial.
Las entidades panameñas deben pagar el impuesto de franquicia anual, mantener un agente residente autorizado obligatorio, presentar declaraciones de beneficiarios finales ante la DGI, y remitir estados financieros anuales si operan comercialmente en Panamá. El sistema fiscal territorial panameño implica que los ingresos generados fuera de Panamá están generalmente exentos del impuesto sobre la renta corporativa.
Los requisitos principales incluyen: Pacto Social (estatutos) inscrito en el Registro Público, designación de un agente residente autorizado (obligatorio), registro del RUC ante la DGI, el Aviso de Operación para toda entidad que realice actividad comercial en Panamá, y copias apostilladas de los documentos de identidad de directores y accionistas. El agente residente gestiona la mayoría de las inscripciones ante el Registro Público en su nombre.
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