Calcule correctamente las contribuciones al IGSS, el aguinaldo y el Bono 14 de su nómina guatemalteca desde el primer recibo, para que un presupuesto diseñado para un solo 13º mes nunca quede corto por un mes completo.
Plazo del Bono 14
15 de julio
ID Fiscal
NIT
Registro Principal
IGSS
La contribución patronal al IGSS corre al 10,67% del salario bruto más el INTECAP al 1% y el IRTRA al 1%, ambos exclusivamente a cargo del empleador, llevando la carga patronal obligatoria total a aproximadamente 12,67%. El aguinaldo, un mes de salario, se paga antes del 15 de diciembre, junto con el Bono 14, un segundo mes completo de salario pagado antes del 15 de julio conforme al Decreto 42-92, calculado sobre el salario promedio del período anterior del 1 de julio al 30 de junio. Las vacaciones corren 15 días hábiles al año después de 12 meses de servicio continuo. La indemnización conforme al Artículo 82 del Código de Trabajo corre a un mes de salario por año de servicio por despido injustificado, pagadera después de 3 o más meses de empleo continuo por tiempo indefinido, calculada sobre el promedio de los últimos 6 meses de salario incluyendo la alícuota mensual del aguinaldo y el Bono 14. No existe un mandato legal general que exija un fideicomiso de indemnización financiado para empleadores del sector privado, tratándose la indemnización habitualmente como un pasivo contingente que las empresas provisionan en lugar de un fideicomiso prefinanciado. El ISR se retiene por la SAT sobre la renta imponible anual neta después de una deducción personal de Q48.000, 5% hasta Q300.000 y 7% sobre el excedente más una cifra fija de Q15.000, con los trabajadores de salario mínimo ahora exentos conforme al Decreto 13-2026.
Contribución patronal al IGSS al 10,67% del salario bruto más INTECAP al 1% e IRTRA al 1%, ambos exclusivamente a cargo del empleador, llevando la carga patronal obligatoria total a aproximadamente 12,67%
Aguinaldo, un mes de salario pagado antes del 15 de diciembre, junto con el Bono 14, un segundo mes completo de salario pagado antes del 15 de julio conforme al Decreto 42-92, calculado sobre el período anterior del 1 de julio al 30 de junio
Vacaciones, 15 días hábiles al año después de 12 meses de servicio continuo
Indemnización conforme al Artículo 82 del Código de Trabajo, un mes de salario por año de servicio por despido injustificado, pagadera después de 3 o más meses de empleo continuo por tiempo indefinido
Sin mandato legal general que exija un fideicomiso de indemnización financiado para empleadores del sector privado, tratándose la indemnización como un pasivo contingente que las empresas provisionan en lugar de un fideicomiso prefinanciado
ISR retenido por la SAT sobre la renta imponible anual neta después de una deducción personal de Q48.000, 5% hasta Q300.000 y 7% sobre el excedente más una cifra fija de Q15.000, con trabajadores de salario mínimo exentos conforme al Decreto 13-2026
Los empleadores extranjeros que modelan un presupuesto de un solo 13º mes quedarán cortos por un mes completo de nómina, ya que el Bono 14 de julio es un bono genuinamente separado y adicional del aguinaldo de diciembre, no una versión renombrada de este.
No existe un requisito estatutario de fideicomiso para empleadores privados. La indemnización es un pasivo contingente que las empresas típicamente provisionan internamente, por lo que una matriz extranjera no debería asumir que una custodia financiada la protege de la exposición.
Debido a que el cálculo usa el promedio de los últimos 6 meses de salario con ventajas, incluyendo la alícuota mensual del aguinaldo y el Bono 14, el costo efectivo de indemnización es más alto de lo que sugiere un simple encabezado de un mes por año.
Cálculo y remisión de contribuciones al IGSS, INTECAP e IRTRA, presupuestados contra la carga patronal real de aproximadamente 12,67%
Procesamiento del aguinaldo y el Bono 14 en sus plazos del 15 de diciembre y el 15 de julio, cada uno calculado contra el período de acumulación correcto
Cálculo de indemnización conforme al Artículo 82 usando la base con ventajas correcta, incluyendo las alícuotas de aguinaldo y Bono 14
Retención de ISR mediante los tramos vigentes de la SAT, aplicando correctamente la exención de salario mínimo del Decreto 13-2026 cuando corresponda
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