Calcule correctamente las contribuciones a EsSalud, las gratificaciones y los depósitos de CTS de su nómina peruana desde el primer recibo, para que un modelo de nómina diseñado para otro país de Latinoamérica nunca sobreestime ni desfinancie lo que realmente adeuda.
Plazos de Depósito de CTS
15 de mayo y 15 de noviembre
ID Fiscal
RUC
Registro Principal
SUNAT
EsSalud corre al 9% de la remuneración mensual, 100% a cargo del empleador, mientras que la pensión no representa ningún costo patronal, ya que los trabajadores la financian ellos mismos a través de la ONP al 13% o de una AFP privada con una contribución y comisión combinadas de aproximadamente 11,5% a 13%. El registro de trabajadores en el T-Registro vence dentro de las 24 horas anteriores al inicio del empleo, con declaraciones mensuales de PLAME presentadas ante la SUNAT y una multa de 1 UIT por una declaración omitida. Las gratificaciones, dos meses completos de salario pagados en julio y diciembre, están exentas de EsSalud conforme a la Ley 30334, pero el empleador debe pagar ese 9% directamente al trabajador como una bonificación extraordinaria gravable. La CTS se deposita dentro de los primeros 15 días calendario de mayo y noviembre en una cuenta bancaria a nombre del propio trabajador, aproximadamente un mes de salario al año en total, con multas de SUNAFIL que llegan hasta S/143.660 por depósitos tardíos o faltantes. La indemnización por despido arbitrario corre a 1,5 meses de salario por año de servicio, con tope de 12 meses, conforme al Artículo 38 del D.S. 003-97-TR. La Renta de Quinta Categoría se retiene por encima del umbral anual exento de 7 UIT, S/38.500 para 2026, mediante tramos progresivos del 8% al 30%.
EsSalud, 9% de la remuneración mensual, 100% a cargo del empleador, mientras que la pensión no representa ningún costo patronal, ya que los trabajadores la financian a través de la ONP al 13% o de una AFP privada con aproximadamente 11,5% a 13% combinado
Registro de trabajadores en el T-Registro vencido dentro de las 24 horas anteriores al inicio del empleo, con declaraciones mensuales de PLAME presentadas ante la SUNAT y una multa de 1 UIT por una declaración omitida
Gratificaciones, dos meses completos de salario pagados en julio y diciembre, exentas de EsSalud conforme a la Ley 30334, pero que exigen al empleador pagar ese 9% directamente al trabajador como una bonificación extraordinaria gravable
CTS depositada dentro de los primeros 15 días calendario de mayo y noviembre en una cuenta bancaria a nombre del propio trabajador, aproximadamente un mes de salario al año en total, con multas de SUNAFIL que llegan hasta S/143.660 por depósitos tardíos o faltantes
Indemnización por despido arbitrario, 1,5 meses de salario por año de servicio con tope de 12 meses, conforme al Artículo 38 del D.S. 003-97-TR
Renta de Quinta Categoría retenida por encima del umbral anual exento de 7 UIT, S/38.500 para 2026, mediante tramos progresivos del 8% al 30%
Los empleadores extranjeros que modelan la nómina peruana a partir de una plantilla de Colombia o México suelen añadir un costo patronal de pensión que aquí no existe, sobreestimando la carga real.
Los sistemas de nómina diseñados para otros países de Latinoamérica suelen manejar esto mal porque parece una redirección tributaria, pero en realidad es un bono gravable obligatorio adicional a la propia gratificación.
A diferencia de los modelos de fondo de indemnización en otros países que permiten al empleador ajustar o recuperar aportes, los depósitos de CTS van directamente a una cuenta bancaria propiedad del trabajador, y perder el plazo de mayo o noviembre activa multas reales de SUNAFIL, no solo intereses.
Registro y cálculo de contribuciones a EsSalud, excluyendo correctamente cualquier costo patronal de pensión que no aplica en Perú
Registro en el T-Registro y presentación mensual de PLAME ante la SUNAT, evitando la multa de 1 UIT por una declaración omitida
Procesamiento de la gratificación y la bonificación extraordinaria en los plazos de julio y diciembre, incluyendo la gratificación trunca prorrateada para salidas a mitad de período
Seguimiento del depósito de CTS contra los plazos del 15 de mayo y el 15 de noviembre, evitando las multas por infracción grave de SUNAFIL
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